El cobro por servicio de alumbrado público es anticonstitucional y no debe gravarse a los ciudadanos como pago de derecho por el alumbrado público, así lo expresó en su segunda intervención el diputado Carlos Cruz López al razonar su voto en contra de las Leyes de Ingresos municipales para el ejercicio fiscal 2021.
El legislador señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que las leyes de ingresos que consideran el cobro del derecho por servicio de alumbrado público que establecen como referencia la cantidad que se paga por el consumo de energía eléctrica son inconstitucionales.
Cruz López mencionó que como antecedente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó las acciones de inconstitucionalidad 23/2006, 22/2012 y 9/2013, originadas por denominar a esta contribución «derecho» cuando se trataba de un “impuesto” sobre el consumo de energía eléctrica.
Ejemplificó que el máximo Tribunal, invalidó preceptos de leyes de ingresos de 62 municipios de Michoacán; ya que establecían el pago de una contribución por concepto de alumbrado público, basada en el consumo de energía eléctrica.
Dijo también que no se toma en cuenta el criterio por la violación a los principios de proporcionalidad y equidad tributarios, contenidos en el Artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, además de invadir la competencia exclusiva del Congreso de la Unión para establecer contribuciones especiales sobre energía eléctrica, prevista en el Art. 73, Fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), también de nuestra Carta Magna. En esa resolución, conminó al Congreso Local del estado de Michoacán a abstenerse de establecer nuevamente contribuciones en los términos de las disposiciones invalidadas.
Carlos Cruz se refirió que resulta claro que corresponde a los municipios la elaboración de los proyectos de Leyes de Ingresos de los Municipios, pero es facultad del Congreso analizar, vigilar y aprobar su contenido, además agregó que es inmoral cobrar el alumbrado público a los usuarios cuando éste es deficiente o inexistente en varios rincones de los municipios del estado. “Es obligación de los municipios proporcionar este servicio, no de los ciudadanos pagar por recibirlo”, reprochó.

