LOS JUICIOS ORALES
M en D. Jesús Alejandro Sánchez Ríos
(Segunda parte y última)
Como podemos analizar el estado tendrá que realizar una fuerte inversión para llevar a cabo las adecuaciones y construcciones de las salas de juicios orales. Para dar inicio al sistema acusatorio penal se deberán construir o habilitar una sala para cada distrito judicial en el Estado, es decir, diecisiete distritos judiciales en toda nuestra entidad deberán contar por lo menos con una sala para juicios orales distribuidas de la siguiente manera:
Distrito de ABASOLO, con sede en Ometepec, comprende los municipios de: Cuajinicuilapa, Igualapa, Ometepec, Tlacoachistlahuaca y Xochistlahuaca.
Distrito de ALARCÓN, con sede en Taxco de Alarcón, comprende los municipios de: Ixcateopan de Cuauhtémoc, Pilcaya, Taxco de Alarcón y Tetipac.
Distrito de ALDAMA, con sede en Teloloapan, comprende los municipios de: Apaxtla, Cuetzala del Progreso, General Canuto A. Neri, Pedro Ascencio Alquisiras y Teloloapan.
Distrito de ALLENDE, con sede en Ayutla de los libres, comprende los municipios de: Ayutla de los Libres, Florencio Villarreal y Tecoanapa.
Distrito de ALTAMIRANO, con sede en San Luis Acatlán, comprende los municipios de: Azoyú, Copala, Cuautepec, Marquelia y San Luis Acatlán.
Distrito de ÁLVAREZ, con sede en Chilapa de Álvarez, comprende los municipios de: Ahuacuotzingo, Atlixtac, Chilapa de Álvarez, y Zitlala.
Distrito de AZUETA, con sede en Zihuatanejo, comprende los municipios de: José Azueta y Petatlán.
Distrito de CUAUHTÉMOC, con sede en Arcelia, comprende los municipios de: Ajuchitlán del Progreso, Arcelia, San Miguel Totolapan y Tlapehuala.
Distrito DE LOS BRAVO, con sede en Chilpancingo, comprende los municipios de: Chilpancingo de los Bravo, Eduardo Neri, General Heliodoro Castillo, Juan R. Escudero, Leonardo Bravo, Mochitlán y Quechultenango.
Distrito de GALEANA, con sede en Técpan de Galeana, comprende los municipios de: Atoyac de Álvarez, Benito Juárez y Tecpan de Galeana.
Distrito de GUERRERO, con sede en Tixtla de Guerrero, comprende los municipios de: Mártir de Cuilapan y Tixtla de Guerrero.
Distrito de HIDALGO, con sede en Iguala de la Independencia, comprende los municipios de: Atenango del Río, Buenavista de Cuéllar, Cocula, Copalillo, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, y Tepecoacuilco de Trujano.
Distrito de LA MONTAÑA, con sede en Malinaltepec, comprende las municipalidades de: Atlamajalcingo del Monte, Malinaltepec y Tlacoapa.
Distrito de MINA, con sede en Coyuca de Catalán, comprende los municipios de: Coyuca de Catalán, Cutzamala de Pinzón, Tlalchapa, Pungarabato y Zirándaro.
Distrito de MORELOS, con sede en Tlapa de Cmonfort, comprende las municipalidades de: Acatepec, Alcozauca de Guerrero, Copanatoyac, Metlatónoc, Olinalá, Tlalixtaquilla de Maldonado, Tlapa de Comonfort, Xalpatáhuac y Zapotitlán Tablas.
Distrito de MONTES DE OCA, Con sede en la Unión, comprende las municipalidades de: Coahuayutla de José María Izazaga y La Unión de Isidoro Montes de Oca.
Distrito de ZARAGOZA, con sede en Huamuxtitlán, comprende las municipalidades de Alpoyeca, Cualác, Huamuxtitlán y Xochihuehuetlán.
Y finalmente el distrito de TABARES, con sede en Acapulco, comprende las municipalidades de: Acapulco de Juárez, Coyuca de Benítez y San Marcos.
Este último distrito judicial es al que pertenece nuestro municipio de Coyuca de Benítez, dada su cercanía geográfica al municipio de Acapulco de Juárez.
Acapulco es el municipio más grande del Estado de Guerrero y quien ostenta mayor población, pues se estima que tiene una población de cerca de un millón de habitantes, por tal motivo una sala de juicios orales no sería suficiente para combatir el rezago y para la correcta procuración de justicia, por tal motivo se prevé que para este distrito judicial de TABARES se pongan a funcionar no una, sino tres salas de juicios orales, de las cuales hasta la fecha solo una ya se encuentra en condiciones para poder operar, mientras que las otras dos salas se encuentran en etapa de remodelación y equipamiento.
La capacitación de los actores jurídicos.
La capacitación de todos los involucrados en el sistema acusatorio penal es parte de la planeación que hemos mencionado, la importancia de dicha planeación radica en que de nada sirve una reforma al código de procedimientos penales si los actores jurídicos se encuentran pasivos ante una reforma de tal magnitud, por ello consideramos actores jurídicos no solo a los abogados sino a los agentes policiales, los del Ministerio Público, defensores de oficio, juzgadores, peritos, docentes, investigadores y estudiantes de derecho. Por tal motivo la etapa de planeación ha sido la más extensa en este proceso de transformación, pues uno de los ejes principales no solo es la simple capacitación, sino la profesionalización de todos los involucrados, uno de los retos principales es que una vez habiendo profesionalizado a los actores jurídicos es que exista una eficiente procuración de justicia, el compromiso de los derechos fundamentales y que los docentes se encuentren dispuestos a la investigación para la perfección de este nuevo sistema de justicia.
Ventajas del sistema acusatorio penal.
- Es un sistema más ágil y respetuoso de tus derechos en todas las etapas del proceso, se trata pues de dar prontitud a los asuntos penales, quienes alguna vez se hubieran involucrado en un asunto penal conocerán lo largo de un proceso en esta materia, que además resultan desgastantes en todos los aspectos pero sobre todo económicamente hablando, además de que por otra parte este nuevo modelo pretende ser un defensor de los Derechos Humanos consagrados en la Constitución General de la República.
- Los operadores están capacitados para el desempeño de sus funciones, de esta forma la investigación de los delitos se realizan utilizando métodos científicos, se trata de lo que comentábamos en el anterior tema, de una capacitación en general a todos los involucrados en esta materia, además de el hecho de incluir tecnología avanzada para la resolución de los conflictos.
- Principio de presunción de inocencia, por el cual una persona es inocente hasta que se le demuestre lo contrario, y así debe ser tratada, viene acorde con uno de los puntos de la primera ventaja, la presunción de inocencia es una garantía a los derechos del inculpado.
- Se prioriza la reparación del daño, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y reparar el daño ocasionado por la comisión de un delito, se trata de que la víctima pueda exigir una pena pecuniaria (Económica) misma que deberá pagar el culpable de la comisión de un delito.
- Los jueces a estarán presentes durante el desarrollo de todas las audiencias, viene acorde a lo que comentábamos respecto a la integración de las salas, que en este modelo habrá uno o más jueces que deberán presenciar en todo momento el desarrollo del proceso penal.
- Todas las audiencias son públicas, así se transparenta la impartición de justicia, y la sociedad puede observar el desempeño de las instituciones responsables de la procuración de justicia, esta ventaja tiene como finalidad que durante el proceso penal nada se haga fuera del marco jurídico, que todo sea transparente.
- Los procesos se desarrollan a través de audiencias orales, haciendo más ágil y transparente la impartición de justicia, concuerda con el primer punto respecto a agilidad, el modelo de juicios orales procura la agilidad en la resolución de un conflicto.
- Los argumentos y que ofrezcan cada una de las partes es sometido al conocimiento y debate de la parte contraria, para que ésta pueda manifestarse al respecto, la oralidad de los juicios juega un papel importante en teste punto pues se trata de dar agilidad, transparencia y una defensa en iguales circunstancias para ambas partes.
- En el sistema acusatorio se le da un trato igualitario a las partes: fiscal, acusador, defensor y víctimas, concuerda al punto anterior en cuanto a la igualdad de circunstancias para una defensa.
- En el sistema acusatorio también existen medios para resolver el problema sin llegar a juicio, por ejemplo: la conciliación y mediación. Por medio de estos mecanismos se pueden arreglar los problemas sin tener que esperar hasta que haya un juicio, es decir se trata de evitar lo desgastante de un proceso penal para que las partes mediante un acuerdo resuelvan el conflicto que se esté versando.
Finalmente quiero concluir el presente artículo mencionando que los juicios orales era una reforma urgente que ya se esperaba desde hace mucho tiempo, que aunque muy tardío la sociedad la ve con buenos ojos, por el momento se inicia en materia penal, pero se espera que en poco tiempo se estén impulsando juicios orales en materias civil, mercantil, y familiar.