Opinión

LOS JUICIOS ORALES

  • Publishedoctubre 9, 2016

LOS JUICIOS ORALES

M en D. Jesús Alejandro Sánchez Ríos

(Primera de dos partes)

En los últimos meses ha sido muy común escuchar en diversos medios de comunicación o en pláticas habituales el tema de los juicios orales, pero para comprender este cambio en el sistema de justicia mexicano es muy importante saber que el actual sistema de justicia llamado también sistema inquisitivo data desde la época de la Santa Inquisición que a través de los años no ha tenido cambios significativos. El viejo sistema de justicia penal. El sistema actual (inquisitivo) tiene sus fundamentos en juicios basados en la confesión, es decir alguien puede ir a prisión por el simple hecho de ser señalado de cometer cierto delito, este viejo sistema ha sido el causante de la mayoría de encarcelamientos injustos, en pocas palabras refleja el abuso de autoridad por parte de la policía, la indiferencia por parte del ministerio público y la falta de firmeza del juez. Por citar un simple ejemplo recordemos el documental “Presunto culpable” exhibida en las salas de cine en nuestro país en el año 2011, mismo documental causa demasiada controversia al poner en descubierto el deficiente sistema de justicia penal con el que contamos, además de que comprueba lo antes mencionado respecto en cuanto a un sistema que ha causado la mayoría de encarcelamiento de inocentes. Dicho documental forma un precedente en cuanto a la urgencia a reformar el sistema de justicia, para dar paso a los juicios orales que desde el punto de vista en materia penal se denomina “Sistema acusatorio penal”. Si bien es cierto que este proyecto de reformar al sistema de justicia penal en México data de una reforma impulsada años anteriores al exhibirse el mencionado documental, este mismo no fue el causante real de la reforma, pero el precedente al que me refiero que este trajo consigo, fue la urgencia de poner en marcha la reforma a los procesos penales. Desventajas del sistema inquisitivo Si bien hemos mencionado algunas desventajas del viejo sistema penal vale la pena profundizar en las mismas. En primera se trata de procedimientos por escrito y en secreto, es decir todo un proceso penal se encuentra por escrito, en muchas ocasiones el inculpado desconoce por completo que se está realizando una investigación en su contra que terminará en una orden de aprehensión. En segunda predomina la administración de justicia secreta, que aunque existan normas que establezcan publicidad, son letra muerta e inoperante. Tercera, un proceso penal poco respetuoso de las garantías del imputado a causa de que es considerado objeto del procedimiento y no el sujeto del mismo, es decir no se toma en cuenta los derechos humanos del indiciado, mismos derechos que han cobrado gran importancia en los últimos años, además de que el mismo sujeto es prácticamente considerado como un simple objeto. Cuarta, la desnaturalización del juicio, entendido como consecuencia de falta de juez en un juicio por delegación de funciones, en oposición al principio de inmediación, estamos en presencia de uno de los errores más grandes del sistema penal al ser juzgados sin la presencia de un juez. Quinta, los testigos se convierten en actas, y las partes se comunican y conocen por medio de escritos, concuerda con lo que explicábamos en el primer punto, se trata de un proceso lleno de declaraciones por escrito en la que los testigos en este caso nunca interactúan, nunca se conocen puesto que solo se entregan y reciben los testimonios por escrito. Sexta, la falta de confianza social respecto de la administración de justicia como consecuencia de no ejercer como es debido, en este punto cabe precisar que la población en general desconfía del actual sistema, por ello la mayor parte de la impunidad en nuestro país y la gran cantidad de inocentes en prisión. Séptima, la función de acusar corresponde al juez, cuando lo correcto es que el juez como su nombre lo dice, solo debe juzgar si el indiciado es o no culpable. Octava, se da la prueba tasada, las pruebas que presenta el Estado tienen mayor valor probatorio que las pruebas que presenta el acusado, por lo tanto nos queda en claro que prácticamente el indiciado o culpado tiene una mínima posibilidad de salir absuelto en virtud de que sus pruebas no son consideradas relevantes. El nuevo sistema de justicia penal. El nuevo sistema acusatorio penal tiende a innovar un sistema considerado obsoleto que como lo mencionamos es heredado de la conquista de México por los españoles, existen opositores que consideran que este nuevo sistema no traerá cambios significativos, pero de lo que estoy seguro es que las posibles desventajas se mejorarán con el tiempo. Los estados de la república ante los juicios orales. A través de la reforma constitucional de seguridad y justicia entrada en vigor en el año 2008 se estableció un plazo por parte del Congreso de la Unión para la implementación del nuevo sistema de justicia penal. Hasta la fecha todos los estados de la República Mexicana se encuentran en proceso para llevar a cabo el sistema acusatorio penal, excepto los estados de Chihuahua, Oaxaca, Durando, Zacatecas, Estado de México, Morelos y Baja California quienes ya se encuentran en operación del nuevo sistema acusatorio penal. Vale la pena señalar que cada uno de los Estados de la República tienen un congreso local que dentro de su competencia pueden legislar dentro de su jurisdicción, es decir, tienen la competencia de reformas sus leyes locales, tal es el caso del Estado de Nuevo León, que en el año 2004 reformó su código de procedimientos penales y se convirtió en el primer estado mexicano en llevar a cabo un juicio oral. Los estados de la República Mexicana que se encuentran más atrasados en cuanto a la progresividad del nuevo sistema penal son: Aguas Calientes, Baja california Sur, Coahuila, Nayarit, Quintana Roo, Sinaloa y Veracruz. El Estado de Guerrero y sus avances en materia del sistema acusatorio penal. En el Estado de Guerrero el Congreso emitió procedente la declaratoria de incorporación del sistema procesal penal acusatorio, en el año 2014 mediante el decreto número 503, mismo reconoce la entrada en vigor del sistema procesal penal para los delitos tipificados en el código penal así como delitos previstos en leyes especiales. Actualmente nuestro estado se encuentra en la etapa de planeación, la entrada en operación de los juicios orales conlleva a una innovación completa en la materia, por lo cual actualmente Guerrero no se encuentra del todo preparado, el cambiar de un sistema a otro no ha sido nada sencillo, el hecho de basar un juicio en denuncias, contestaciones, presentación de testigos y pruebas Etc., todo por escrito, ha marcado a muchos abogados y servidores públicos por años en caer en una rutina burocrática, misma que caracteriza la ineficacia de un sistema obsoleto, por ello he ahí la necesidad de transformar el sistema en beneficio de los ciudadanos. Dentro de las acciones que se están llevando a cabo en Guerrero se están realizando gran cantidad de cursos y talleres para abogados que ante la inminente entrada en vigor de los juicios orales están abarrotando las sedes en donde se imparten dichas capacitaciones tanto del sector público como el sector privado. Por su parte la fiscalía del Estado está haciendo lo propio al capacitar a los servidores públicos (policías, ministerios públicos y abogados) mismos que como lo mencioné se encuentran posiblemente dominando el sistema saliente pero que indiscutiblemente deben de comenzar a dominar el nuevo sistema. Otro de los aspectos que se están llevando a cabo en cuanto a la planeación para la operación de los juicios orales es la modificación de las salas en donde se llevaran a cabo los procedimientos penales que deberán ser integradas de la siguiente manera: -En un primer plano por el tribunal de enjuiciamiento en la que deberá estar presente uno o tres juzgadores. -Un espacio para un auxiliar de sala, mismo que da apoyo directo a las partes en el juicio oral. -Otro espacio es para los testigos, cuando sean llamados a rendir su testimonio. -Al frente de las anteriores mesas deberá tener un espacio donde se encontrará el ministerio público, la víctima y el asesor jurídico de la víctima (abogado) – Al otro extremo se encontrará otra mesa que será el espacio del imputado y su defensor. -Finalmente en la sala se asigna espacio para público, medios de comunicación y policía de seguridad. Otra de las características con las que deberán contar las salas de juicios orales es el equipamiento como son videocámaras, micrófonos y televisores donde se mostrarán las pruebas.

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